El parámetro está contemplado en el decreto 3020 de 2002. En el Capítulo I, artículos entre el 8 y 12 se contemplan los diferentes parámetros, a saber:
- Un Rector por institución educativa.
- Director Rural. Para cada centro educativo rural que cuente al menos con 150 estudiantes, la autoridad competente de la entidad territorial certificada podrá designar un director sin asignación académica.
- Si atiende más de 500 estudiantes: un (1) coordinador
Si atiende más de 900 estudiantes: dos (2) coordinadores
Si atiende más de 1.400 estudiantes: tres (3) coordinadores
Si atiende más de 2.000 estudiantes: cuatro (4) coordinadores
Si atiende más de 2.700 estudiantes: cinco (5) coordinadores
Si atiende más de 3.500 estudiantes: seis (6) coordinadores
Si atiende más de 4.400 estudiantes: siete (7) coordinadores
Si atiende más de 5.400 estudiantes: ocho (8) coordinadores. - Alumnos por docente
Zona urbana. Mínimo 32 (promedio)
Zona rural. Mínimo 22 (promedio) - Preescolar y básica primaria:
Un docente por grupo. (En Bogotá por cada 10 grupos un docente de área, el cual escoge la institución (inglés, tecnología e informática, artes, ed. física) no está en el 3020, es acuerdo en Bogotá. - Educación básica secundaria y media académica: 1,36 docentes por grupo.
- Educación media técnica: 1,7 docentes por grupo.
- Orientadores. No tienen un parámetro claro. Pero en algunas instituciones se acogen a 250, en otras a 500.
SOBRE COBERTURA EN BOGOTÁ
La Resolución 3144 del 30 de agosto de 2023, define la gestión de la cobertura para Bogotá en 2024, es la que estará vigente durante el próximo año.
Ha cambiado, sobre todo porque incluye algunos aspectos para definir la cobertura en la ciudad:
En el Título III, capítulo I indica en sus diferentes numerales lo siguiente.
La oferta formativa del núcleo de profundización del nivel de educación media como líneas de profundización, especialidades técnica, el programa de doble titulación del SENA, universidad en TU colegio, la estrategia de circulación estudiantil institucional o el programa de Bachillerato Internacional (esto último Nuevo)
El comportamiento de la demanda histórica, los análisis demográficos, y la matrícula de la localidad, la UPZ y de la IED. (Nuevo)
La capacidad de atención en las Aulas con que cuenta cada IED, a partir del análisis Técnico elaborado por la dirección de construcción y conservación de Establecimientos educativos. (Nuevo)
Es necesario tener en cuenta este paragrafo
Nota:
Este estudio se realizó en cada IED de Bogotá, midiendo las aulas y definiendo la capacidad instalada, se basó en el decreto distrital 052 de febrero de 2019, en el que se puede reunir lo siguiente en relación con las aulas y su capacidad. (esto estaba en el numeral 5 del mismo título y capitulo de la resolución 2797 del 06 de septiembre de 2022).
La tabla que define las capacidades es la siguiente: